HASTA UN 90% DE SUBVENCION PARA DIGITALIZACIÓN DE EMPRESAS EN CASTILLA LA MANCHA

Hasta el día 15 de diciembre de 2021 pueden presentarse las solicitudes de subvención para la digitalización de la empresa. También pueden solicitar esta ayuda las empresas que en el momento de la solicitud se encuentren en constitución. Le resumimos aquí las características principales de esta ayuda:

La subvención cuenta con dos líneas de ayuda:

 

  1. a) Línea de apoyo a la modernización de las estrategias de comunicación y venta, y para el impulso a la actividad de comercio electrónico de las pymes, cuyo objeto es subvencionar la inversión en proyectos para impulsar el establecimiento de nuevos canales de venta de las pymes de Castilla-La Mancha, para posicionarlas estratégicamente en el mercado online o mejorar su posicionamiento, mediante la creación o mejora de una tienda online para la venta de productos y servicios por internet, o para emprender un negocio digital. La inversión objeto de subvención no podrá ser inferior a 3.000 euros. La ayuda será del 70%, hasta un máximo de 10.000 euros. La ayuda se incrementará en un 20% para las empresas ubicadas en las zonas prioritarias en Castilla la Mancha.
  1. b) Línea de apoyo para la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha, cuyo objeto es subvencionar la inversión en proyectos para la transformación digital de la industria regional mediante la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en las pymes de carácter industrial manufacturero. La inversión objeto de subvención no podrá ser inferior a 20.000 euros. Se subvencionará un 70% de la inversión en concepto de costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes y un 45% de la inversión en concepto de inversiones materiales e inmateriales cuando el beneficiario sea una microempresa o una pequeña empresa, o un 35% cuando el beneficiario sea una mediana empresa. La ayuda se incrementará en un 20% para las empresas ubicadas en las zonas prioritarias en Castilla la Mancha.
  2.  En todo caso, el máximo de subvención a conceder será de 100.000 euros.

Zonas prioritarias en Castilla la Mancha:

Albacete, Elche de la Sierra, Hellín, Tarazona de la Mancha, Ciudad Real, Almadén, Argamasilla de Alba, Argamasilla de Calatrava, Daimiel, Herencia, Malagón, Pedro Muñoz, Piedrabuena, Puertollano, La Solana, Tomelloso, Villarrubia de los Ojos, Cuenca, Huete, Ledaña, Guadalajara, Azuqueca de Henares, Toledo, Mora, La Puebla de Montalbán, Talavera de la Reina y Villacañas.

Importante:

Antes de que el beneficiario haya iniciado las inversiones o gastos, éste deberá haber presentado una solicitud formal de ayuda. Por lo tanto, no se podrá presentar la solicitud de ayuda si ya se ha realizado el pago de alguna factura relativa al proyecto para el que se solicita la subvención. Una vez presentada la solicitud de subvención, sí se podrá ejecutar el proyecto, sin necesidad a que se dicte la resolución de concesión. El beneficiario de la subvención estará obligado a mantener la actividad en Castilla-La Mancha durante un periodo mínimo de tres años a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de justificación de la subvención.

Documentación a aportar: 

– Número de Identificación Fiscal (NIF).
– Acreditación de la representación del firmante.
– Escritura de constitución y, en su caso, de posteriores modificaciones.
– Certificado o informe de vida laboral de los autónomos.
– Declaración del impuesto de sociedades, referido al último ejercicio cerrado.
– Cuentas anuales correspondientes al último ejercicio contable cerrado.
– Declaración responsable que figura en el Anexo II de esta resolución acreditativa de los datos de efectivos y los importes financieros de la empresa solicitante e identificando las empresas asociadas o vinculadas.
– Facturas pro-forma de todas las actuaciones.
– Memoria técnica, económica y financiera del proyecto de cuyo examen deberá deducirse la actividad a realizar, con el contenido mínimo del Anexo III de la resolución de convocatoria.

En el caso de los Anexos II y III de esta resolución, disponibles también en la sede electrónica, se descargarán cada modelo, se cumplimentarán y se firmarán electrónicamente por quien ostente la representación de la empresa solicitante, y se presentarán junto a la solicitud electrónica como archivos anexos a la misma.

En el siguiente enlace puede consultar el texto completo de esta resolución https://docm.castillalamancha.es/portaldocm/descargarArchivo.do?ruta=2021/10/22/pdf/2021_11432.pdf&tipo=rutaDocm

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN:

Desde este enlace puede acceder a la sede electrónica y solicitar la subvención https://www.jccm.es/sede/ventanilla/electronica/KOC

Recuerde que tiene de plazo hasta el 15 de diciembre.

Cualquier consulta al respecto, o contratación puede ponerse en contacto con nosotros y prepararemos un presupuesto a medida junto a la memoria técnica para su presentación.

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